La AEFI confía en que el nuevo Reglamento europeo de Crowdfunding se convierta en una oportunidad para el sector en España

La AEFI confía en que el nuevo Reglamento europeo de Crowdfunding se convierta en una oportunidad para el sector en España

La nueva normativa establece una regulación única para el sector del crowdfunding, permitiendo que todas las empresas del sector operen bajo los mismos estándares y tengan las mismas oportunidades y facilidades para competir en mercados europeos.

17 de diciembre de 2020 porRedacción AEFI

La AEFI (Asociación Española de Fintech e Insurtech) apoya la puesta en marcha y posterior desarrollo del Reglamento 2020/1503 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de octubre de 2020, relativo a los proveedores europeos de servicios de financiación participativa para empresas y confía en que este nuevo reglamento, que regula este segmento de negocio a nivel comunitario, se convierta en una oportunidad para las compañías del sector en España, puesto que abrirá nuevos mercados para estas entidades, establecerá una serie de criterios para ofrecer el mejor servicio a todo tipo de inversores y eliminará las desventajas competitivas actuales que benefician a plataformas de otros países.

El Reglamento Comunitario facilitará la prestación de servicios por parte de las Plataformas de Financiación Participativa en todo el mercado interior de la UE, permitiendo así ampliar el acceso a la financiación para las empresas emergentes, las empresas innovadoras y las pymes de todos los países de la UE y mejorar la protección de los inversores. En este sentido, AEFI destaca que en España la CNMV fue una de las primeras instituciones europeas que trabajó, junto al Tesoro, en una regulación para las crowd españolas, aplicando garantías para que los proyectos de financiación participativa se seleccionen de forma profesional, imparcial y transparente y asegurando la máxima protección del cliente.

La normativa europea establece como novedades, que, para proteger a los clientes de los riesgos operativos, los proveedores de servicios de financiación participativa deben desarrollar planes de continuidad de las actividades para abordar los riesgos asociados a fallos del proveedor de servicios. La transparencia es otro de los factores en los que se sostiene la nueva regulación, obligando a la creación de un registro público actualizado de todos los proveedores autorizados de servicios de financiación participativa, que al estar localizado en la Autoridad Europea, incluirá por ello información de todas las plataformas de financiación participativa que operan en la Unión.

Ramón Saltor, vocal de la vertical de Crowdfunding/lending, explica que “las diferencias entre las normas nacionales vigentes obstaculizan la prestación transfronteriza de servicios de financiación participativa y tienen con ello un efecto directo sobre el funcionamiento del mercado en España, por lo que confiamos en que esta normativa repercutirá positivamente, tanto en las entidades como en los inversores particulares, aunque existen algunas reivindicaciones para el sector que confiamos en que se vayan atendiendo gracias al trabajo colaborativo y cooperativo de la AEFI”. 

La normativa europea recientemente aprobada no requiere transposición pues, al tratarse de un Reglamento Comunitario, es directamente aplicable. No obstante, su aplicación sí suscita algunas dudas que habrán de clarificarse oportunamente. Por ello, AEFI ya está en contacto y trabajando con la CNMV y con el Ministerio de Asuntos Económicos a fin de colaborar con ellos en la inmediata puesta en marcha de esta nueva normativa y obtener respuesta a tales cuestiones.